miércoles, 13 de abril de 2011

Los derivados financieros ven tu precio...¡Y te lo quitan!

¿A que suena raro? Pues sí, pero de un modo u otro, es así como funcionan los derivados financieros. De hecho, es de ahí de donde viene su nombre; también conocidos como instrumentos derivados, son productos financieros cuyo valor de cotización se basa en el precio de otro activo que recibe el nombre de subyacente.
Además, estos activos subyacentes pueden ser de cualquier tipo, desde acciones, valores de renta fija, índices bursátiles, índices macroeconómicos, tipos de interés o hasta incluso materias primas, pudiendo llegar a decirse que prácticamente cualquier tipo de activo puede llegar a transformarse en subyacente de un derivado.


Hay 4 características principales por las que podemos diferenciar los derivados financieros:
  • Al utilizar el mismo precio que el activo subyacente, si éste cambia, cambiará también el precio del derivado.
  • Aunque normalmente hacen referencia a productos financieros, también pueden hacer referencia a productos no financieros como, por ejemplo, el trigo o el metal. Así mismo, pueden cotizarse en mercados cotizados, donde los derivados son sobre subyacentes autorizados por el mercado, garantizándose una mayor transparencia y un mismo precio y vencimiento para todos; y en mercados no organizados, donde el riesgo es muy superior, ya que las operaciones se pactan directamente entre el comprador y el vendedor.
  • Otra de las características más importantes es que siempre han de liquidarse en una fecha futura.
  • Las inversiones iniciales suelen ser muy pequeñas o incluso nulas respecto a otro tipo de contratos como comprar una acción o una parte del valor subyacente. Esto tiene una desventaja, y es que se pueden tener mayores ganancias...pero también mayores pérdidas.
Como podemos ver con sus características,  pueden llegar a resultar muy interesantes, sobre todo, porque nos permiten jugar con el valor futuro de los activos subyacentes sin que eso nos suponga hacer un gran desembolso. Pero evidentemente, no todo son ventajas, ya que adquieren un carácter especulativo altísimo debido a que no sólo podemos hacer un uso normal de compra y venta de las acciones, sino que también podemos negociar con los derechos de compra y venta de los activos.


Debido a este carácter especulativo que en algunas ocasiones pueden adquirir, la Comisión Nacional del Mercado de Valores y el Ministerio de Economía regulan y controlan en España el Mercado Oficial de Futuros y Opciones Financieras (MEFF), un mercado regulado que nació en 1989 y en el que se negocian Futuros y Opciones sobre bonos del Estado, sobre el índice bursátil del Ibex 35 y sobre diversas acciones.
Además, en nuestro país existen otros dos órganos que no solo regulan los derivados, sino que también gestionan las compras y las ventas realizadas a diario mediante una cámara de compensación propia que ejecuta las liquidaciones entre todas las operaciones; estos son el MEFF de Renta Variable en Madrid y el MEFF de Renta Fija en Barcelona.

En cuanto a los contratos de derivados más comunes hay dos: los Futuros y las Opciones, de ahí que se negocien en el MEFF:
  • Futuros: son compromisos entre el comprador y el vendedor de cara a una fecha futura y tienen la ventaja de que nos evitan realizar una inversión inicial, pero se necesita una garantía ante el pago. Su principal característica es que contraemos una obligación de pago sobre los derivados adquiridos, lo que hace que el riesgo sea grande, pero también pueden serlo los beneficios. Podemos agrupar los diversos tipos de Futuros en divisas, tipos de interés y materias primas.
  • Opciones: son derechos para comprar o vender algo al precio pactado en un futuro. A diferencia de los Futuros, requieren el pago de una pequeña prima y, en ocasiones, suscribir también una garantía; pero también nos ofrecen a cambio la ventaja de reducir el riesgo ya que nuestros beneficios y pérdidas están controlados. Podemos encontrar varios tipos de Opciones, encontrándonos incluso con dos clasificaciones distintas:
    • Por una parte podemos clasificarlas dependiendo del continente:
      1. Americana: se pueden ejercitar entre la fecha de contratación y la de vencimiento.
      2. Europea: solo se pueden ejercitar al vencimiento.
    • Por otra parte se pueden clasificar en :
      • Opciones Call: son las Opciones de compra. En la imagen podéis ver como son sus beneficios y pérdidas.

 
      • Opciones Put: son las Opciones de venta. En la imagen podéis ver como son sus beneficios y pérdidas.



Por último, debemos tener en cuenta que los derivados financieros también pueden actuar como un seguro ante una bajada inesperada del valor subyacente. Hay varios tipos, por un lado, lo que se conoce como derivados de cobertura, que son los utilizados en algunos fondos; y por otro, los que se conocen como "seguros", entre los que están el seguro de cambio y el seguro múltiple.

En el siguiente vídeo se explica de una forma más o menos graciosa qué es un derivado financiero a propósito de la llegada del mercado de derivados a Méjico:

Por lo que hemos visto, podemos decir que los derivados financieros son un tipo de activos que fundamentan su valor en el futuro de otro y, dependiendo de lo "lanzados" que seamos, podemos asumir más o menos riesgos eligiendo contratar futuros u opciones. De todas formas, lo mejor que podemos hacer siempre es leernos el folleto legal explicativo de los productos de inversión que queramos contratar.

Fuentes principales:
http://es.wikipedia.org/wiki/Derivado_financiero
http://www.elblogsalmon.com/conceptos-de-economia/que-son-los-derivados-financieros
http://todoproductosfinancieros.com/derivados-financieros/

martes, 12 de abril de 2011

¡Será por fondos de inversión!, ahora llegan los ETF

Para "no variar", tras hablaros de los planes de pensiones, los seguros de vida... ¡voy a hablaros de nuevo sobre fondos de inversión! Esta vez les toca el turno a los ETF (Exchange-Traded Funds), o como diríamos en español, los fondos cotizados, una idea que nació en la década de los 70 como estrategia de inversión que permitiera captar las ventajas de invertir en el crecimiento de un determinado índice. A pesar de ello, el primer ETF no fue lanzado al mercado hasta 1993 por State Street Global Advisors, bajo el curioso nombre de "spider".


Se caracterizan principalmente por permitir invertir en los activos que los componen y en la misma proporción, por dar liquidez tanto en el mercado primario como en el secundario, por su fácil transaccionalidad, por permitir evitar pérdidas y, sobre todo, porque al igual que las acciones, cotizan en la bolsa de valores. Esto permite que puedan comprarse y venderse a lo largo de toda una sesión al precio existente sin tener que esperar al cierre del mercado para saber su precio.

Y su lista de ventajas no acaba aquí, aún podemos encontrar otras tantas como su liquidez, la amplia oferta existente sobre todo tipo de activos, su diversificación, que permite evitar riesgos y, lo que es más importante, su transparencia y estabilidad, ya que diariamente se publica la cartera de ETF, pudiendo así saber qué estoy comprando y cuanto cuesta. Además, el uso de los ETF ahorra al inversor bastante tiempo, pues éste delegará las funciones al Gestor del Fondo, cuyas comisiones son menores que las de los fondos tradicionales.

En el siguiente gráfico os muestro como funcionan los ETF. Como podréis ver, son el resultado de la interacción de un participante autorizado, un administrador de fondo, un gestor, un promotor, un depositario y un creador de mercado:


Retomando la idea de la que os hablaba unas líneas más arriba, os explicaré que ocurre en el mercado primario y en el mercado secundario:
En el mercado primario nacen las unidades de creación, llevándose a cabo la emisión y reembolso de las participaciones del fondo cotizado. En este caso, no intervienen todos los agentes, sino únicamente el depositario, el gestor de fondo y las entidades autorizadas.
En el mercado secundario es donde reside el principal atractivo de los ETF, ya que es aquí dónde se diferencian los fondos de inversión cotizados por poderse comprar y vender a precio de mercado, que estará determinado por la oferta y la demanda en cada momento de la sesión. Por otra parte, no hay ninguna diferencia en cuanto a los agentes que intervienen, ya que son los mismos que en cualquier otro mercado de valores secundario.

Tal y como vemos...¡no pinta mal esto de los ETF!. Además hay un concepto que en esta época de recesión económica debemos tener en cuenta, los ETF inversos, ya que también cuando la bolsa baja podemos ganarnos un dinerillo. Un ejemplo de ello es el siguiente gráfico, en el que se nos compara un ETF normal con uno inverso:


A propósito de estos ETF inversos de los que os hablaba, en el siguiente link podéis ver un listado de los 25 principales ETF inversos en Estados Unidos:

Fuentes principales:
http://es.wikipedia.org/wiki/ETF
http://www.monografias.com/trabajos82/etf-exchange-traded-fund/etf-exchange-traded-fund.shtml

lunes, 11 de abril de 2011

Evitar riesgos...¿o provocarlos? Los Credit Default Swap (CDS)

Hace tiempo os hablaba de los riesgos financieros, pues bien, esta vez os voy a hablar de como evitar algunos de esos riesgos...

Wall Street necesitaba modernizarse, por eso, entre sus instrumentos más "recientes" encontramos las permutas de incumplimiento crediticio, más bien conocidas como Credit Default Swap (CDS). Aunque el nombre puede parecernos un poco complicado, los CDS se incluyen dentro de lo que se conoce como "derivados de crédito", es decir, no son más que contratos de protección entre un vendedor y un comprador. Y más concretamente, los CDS son operaciones financieras destinadas a cubrir riesgos en las que el comprador se compromete a pagar una serie de primas periódicas al vendedor y éste asume una parte o el total del crédito asegurado en caso de que este no sea pagado tras su vencimiento.


Los CDS se pueden utilizar sobre diferentes instrumentos de crédito como, por ejemplo, bonos, préstamos, aseguramiento de grandes corporaciones, aseguramiento de paquetes de referencia crediticia... pero hay que resaltar como curiosidad que en el caso de la cobertura de los CDS no hay nada tangible, excepto los contratos. Por este motivo, no son elementos en un mercado oficial organizado y prácticamente ningún país tiene una normativa reguladora de estas operaciones, sino que se ajustan a la medida de las dos partes contratantes.

Pero por desgracia no todo son buenas noticias...el mercado de los CDS es muy grande, sobre todo desde el impulso que recibió en 2003 desde el cual no ha parado de crecer, alcanzando un volumen difícilmente cuantificable; pero también es un mercado muy oscuro, tanto que incluso se le ha llegado a denominar "el mercado de las sombras". Su falta de transparencia y el hecho de ser un mercado desregulado han hecho que se aleje del concepto de cobertura de riesgos, no haciendo otra cosa sino acelerar y precipitar el proceso de riesgo, por lo que su regulación y control es una de las reformas que se buscan para Wall Street.


¡Y no todo acaba aquí! Otra de sus desventajas es su uso de manera especulativa, motivo por el cual los CDS también han sido acusados como parte de los causantes de la crisis mundial iniciada en 2008 al haber sido utilizados como elementos de ataque a la deuda pública (por ejemplo, en el caso de Grecia). Al hilo de ello he encontrado esta noticia que fue publicada en el diario Expansión el 6 de marzo de 2010:
En ella vemos como la canciller alemana, Angela Merkel se muestra partidaria de prohibir las permutas de incumplimiento crediticio utilizadas de forma especulativa.

A pesar de existir desde 1990, no fue hasta 2008 y debido al colapso de las hipotecas subprime, cuando se dieron a conocer, como vemos en la siguiente imagen:


Como bien dice el refrán: "no es oro todo lo que reluce". Cuando en un primer momento vemos la utilidad de los CDS, a todos se nos puede hacer la boca agua, pero cuando nos enseñan su lado negativo a mi sinceramente ya se me quitan las ganas, al menos, de que otros disfruten de sus ventajas...

Fuentes principales:
http://es.wikipedia.org/wiki/Permuta_de_incumplimiento_crediticio
http://www.elblogsalmon.com/conceptos-de-economia/que-son-los-credit-default-swaps

domingo, 10 de abril de 2011

Titulización de activos...¿Ponerle un título a un activo?

Por el título podría parecérnoslo, pero en realidad, no tiene nada que ver. La titulización de activos, también conocida como "titularización" o "securitización", es uno de los muchos avances que se han producido en el mundo de las finanzas con la llegada de la globalización, siendo Estados Unidos hace 30 años el propulsor de este sistema de financiación a bajo costo y alternativo al de largo plazo. Este nuevo sistema no tardó mucho en expandirse por todo el mundo, ya que como ocurre en todos los campos, hay que seguir el ritmo de la modernización.

A pesar de haber pasado por un largo proceso de perfeccionamiento, la definición de Titulización de Activos aún no ha quedado del todo clara, por eso, os voy a dar mi propia definición "fusionando" las ideas de las diversas definiciones que he encontrado.
De este modo, podría definíroslo como un procedimiento mediante el cuál las empresas transforman sus activos (como por ejemplo, un préstamo) en valores comerciales o títulos valores que están destinados a ser vendidos al púbico. El objetivo principal de dicho proceso es entrar en el mercado de valores y obtener la financiación necesaria para desarrollar sus actividades y proyectos de una forma más barata, ventajosa y a un plazo mayor.
La Titulización es una buena alternativa, ya que permite a las empresas transformar activos no negociables en otros negociables tanto en el mercado bursátil como en el financiero, obteniendo así liquidez en las mejores condiciones de costo financiero y reduciendo el riesgo.


Y seguramente os estaréis preguntando...¿Y qué activos son los que se pueden titulizar? Pues bien, debido a que todo tipo de derechos de crédito y de cobro que generen flujos predecibles y periódicos de rentas pueden ser objeto del proceso de titulización, existe una larga lista de ellos. Os pongo unos ejemplos de los más susceptibles a ser titulizados:
  • Activos y proyectos inmobiliarios
  • Carteras de crédito
  • Valores inscritos en el Registro del Mercado de Valores
  • Activos o proyectos que es posible que generen flujos determinables.
  • Valores representativos de deuda pública
El proceso de titulización está regulado en la gran mayoría de países por leyes del Mercado de Valores y son, junto con otras instituciones, las Superintendencias de Valores y Seguros las encargadas de controlar y regular las actividades de titulización, ya que de lo contrario, el caos estaría asegurado. Además, intervienen numerosos agentes en el proceso, tales como el emisor, que inicia el proceso; el administrador, que recibe y gestiona los activos titulizados; los inversores, que adquieren los bonos; los vehículos emisores, que adquieren los activos titulizables y emiten los bonos; el tomador, que adelanta los fondos al emisor y coloca los bonos al inversor; el depositario, que custodia los títulos de valores y crédito; y, como no, nunca está de más el clasificador de riesgos, que es una empresa especializada en estudiar y clasificar el riesgo de los bonos emitidos.
Como a nadie nos gusta perder nuestro dinero y siempre es mejor asumir el menor riesgo posible, para eso  existen unas empresas conocidas como Credit Enhacer que se dedican a constituir garantías que permiten reducir el riesgo de las operaciones de titulización.

El proceso de titulización se divide en varias etapas en las que intervienen los diversos agentes que os acabo de comentar. Os pongo un gráfico que recoge muy bien el proceso para que tengáis una idea base antes de continuar leyendo.


El primer paso es hacer un estudio previo para analizar la naturaleza propia del activo y elegir el método que mejor se adapte a nuestras necesidades.
Una vez hecho el estudio, procedemos a la bursatilización, con el que se transforma el activo en título valor, dotándolo de un mayor interés comercial y una mayor liquidez.
Lo siguiente es hacer un nuevo estudio, esta vez llevado a cabo por la Superintendencia de Valores, que es el órgano encargado de reglamentar, controlar y registrar los títulos. La Superintendencia lleva a cabo un estudio de los aspectos financieros, jurídicos y económicos, además de supervisar que todos los documentos se encuentran dentro de la legislación vigente. Si todo es correcto, la Superintendencia registra la inscripción en el Registro Nacional de Valores y autoriza la oferta pública de los títulos.
Normalmente, mientras se lleva a cabo el estudio por parte de la Superintendencia, se hace también el siguiente de los pasos del proceso, la calificación del riesgo, ya que requiere prácticamente los mismos requisitos. Esta calificación se hace para evaluar las espectativas de los activos y su calidad en todos los aspectos (estructura de titulización, agentes, flujos...). Tras el estudio, se asiganará un nivel de riesgo al proceso.
Una vez se han hecho todos los estudios de los títulos y éstos han sido autorizados y calificados, tiene lugar la emisión, es decir, se inscriben en la Bolsa de Valores y se hace la oferta pública.


Tras este proceso, el activo ya se encuentra en el mercado primario, donde será tarea del promotor bursátil  promocionarlo para colocarlo en el mercado secundario, donde adquirirá una mayor liquidez.

Cuando el emisor recompra los títulos, el proceso se da por concluído y los activos vuelven a su estado original. Los plazos en los que tiene lugar todo el proceso son muy variados, ya que cada país aplica sus propias leyes, pero es raro que en cualquiera de los casos dure menos de un año...

Aunque es verdad que este proceso también conyeva sus costos, como habéis podido leer, sus ventajas son bastante numerosas, ya no solo a nivel general o del emisor, sino también del inversionista, que se beneficia de una alta rentabilidad con un bajo riesgo. Por eso, la Titulización de Activos es una buena alternativa a los sistemas de financión...¡habrá que tenerlo en cuenta de cara al futuro!

Fuentes principales:
http://es.wikipedia.org/wiki/Titulizaci%C3%B3n
http://www.monografias.com/trabajos81/titulizacion-activos/titulizacion-activos.shtml

martes, 29 de marzo de 2011

Por si las moscas...¡Seguros de vida!

En los tiempos de crisis que corren y como nunca sabemos lo que nos puede pasar, no está de más meditar la posibilidad de hacerse un seguro de vida. Este tipo de seguro permite a la familia del fallecido poder hacer frente a los gastos tanto del entierro como de cualquier otra cosa. Es más, incluso algunos seguros benefician al asegurado en vida.


Los seguros de vida son uno de los diversos tipos de Seguros de Personas que existen en los que la aseguradora con la que se haya firmado el contrato y a la cual se paga una prima, entregará la suma de dinero acordada al beneficiario de dicho seguro bien al fallecimiento, o bien pasada la fecha supervivencia del asegurado en cuestión.
Por otra parte hay que resaltar que el cobro de dichos seguros no son una indemnización como tal.

Podemos encontrar varios tipos de seguros de vida, de los cuales os voy a hablar a continuación:
  • En primer lugar tenemos los seguros de sobrevivencia, en los que el beneficiario, el cual suele ser el propio asegurado, recibirá la cantidad asegurada si vive tras una fecha determinada. Dentro del mismo, tenemos varias modalidades:
    • Seguro de capitalización: durante la vigencia del contrato, el asegurado pagará unas primas periódicamente para que llegada la fecha de vencimiento del mismo, el beneficiario obtenga un capital.
    • Seguro de renta diferida: una vez finalizado el plazo de diferimiento previamente estipulado, la aseguradora pagará al beneficiario una renta periódica y constante hasta su fallecimiento.
    • Seguro de renta vitalicia inmediata: el beneficiario o los beneficiarios recibirán una renta hasta que el asegurado muera pagándose únicamente una prima.
    • Seguro de capital diferido: una vez finalizado el plazo establecido en el contrato, si el asegurado aún vive, los beneficiarios recibirán la suma asegurada.
    • Seguro de jubilación: el beneficiario obtendrá un capital o renta en el momento de su jubilación. Este tipo de seguros se incluye dentro de los planes de pensiones de los cuales os hablé en el post anterior con más detalle, ¡echadle un ojo!


      • En segundo lugar, podemos encontrar los seguros por fallecimiento, en los que el beneficiario o los beneficiarios obtendrán un capital o una renta al morir el asegurado, ya sea por causas naturales o por accidente. Entre sus modalidades están:
        1.  Seguro temporal: los beneficiarios obtendrán la cuantía acordada si el asegurado fallece antes de la fecha establecida en el contrato. De lo contrario, el seguro se anulará y la aseguradora retendrá las primas, pudiendo ser renovables.
        2. Seguro de vida entera: la aseguradora pagará la cuantía al beneficiario tras la muerte del asegurado, sea cual sea la fecha de la muerte. Se divide en dos modalidades diferentes: la primera de ellas, con pago de primas vitalicias, que se abonarán hasta la muerte del asegurado; y en segundo lugar, con pago de primas durante un número determinado de años.
        3. Seguro sobre más de una vida: es un seguro de vida entera en el que los asegurados son también los beneficiarios, pero con una característica especial, son beneficiarios recíprocos. De manera que cuando uno fallece, cobrán la cuantía establecida los sobrevivientes.
        4. Seguro de deudores: la aseguradora asumirá las deudas del fallecido establecidas en la póliza a su muerte.
        5. Seguro de orfandad: la aseguradora pagará una pensión a los hijos de padre o madre fallecidos de los cuales dependen económicamente mientras sean menores de edad.
        6. Seguro de capital de supervivencia: el beneficiario obtendrá la cuantía establecida si sigue vivo cuando fallezca el asegurado. De lo contrario, rescindirá el seguro y las primas quedarán o bien a favor del sobreviviente, o bien a favor de la aseguradora, dependiendo de las condiciones contratadas.
      • Por último, encontramos los seguros dotales mixtos, cuya característica especial es que integran un seguro de ahorro y uno de riesgo. De este modo, si el asegurado fallece antes de una fecha determinada, cobrarán la cuantía establecida los beneficiarios, sin embargo, si sobrevive pasada esa fecha, cobrará él mismo la cuantía. Dentro del mismo se engloban varias modalidades:
        1. Seguro mixto ordinario: la aseguradora pagará a los beneficiarios tanto si muere el asegurado como si no.
        2. Seguro mixto a término fijo: la aseguradora pagará la cuantía establecida a los beneficiarios en caso de que el asegurado no muera antes del vencimiento de la póliza.
      Sí, ya sé que con tantos tipos distintos de seguros puede resultar algo lioso enterarse de algo y encontrar el seguro adecuado, pero a la larga ¡¡nos puede solucionar unos cuantos quebraderos de cabeza!!
      Aquí os dejo un vídeo promocional de una aseguradora en el que se puede ver que nunca sabes lo que se te puede venir encima...¡literalmente! No tiene desperdicio


      También he encontrado una noticia bastante útil para que os hagáis una idea del aumento que ha experimentado la contratación de este tipo de seguros en España. Os dejo el link por si queréis hecharle un vistazo: 

      Fuentes principales:
      http://es.wikipedia.org/wiki/Seguro_de_personas
      http://www.monografias.com/trabajos66/seguros-vida/seguros-vida.shtml

        martes, 15 de marzo de 2011

        De la hucha del cerdito...¡¡A los planes de pensiones!!

        Hace unos cuantos años, e incluso actualmente alguna persona mayor, el método común de ahorrar de cara al futuro, a la jubilación, "por si acaso pasara algo"... era meter el dinero debajo del colchón o echarlo a la típica hucha del cerdito que todos hemos tenido alguna vez.
        Actualmente, con el avance de los bancos o la economía y teniendo en cuenta que cada vez hay más jubilados por trabajador en activo, es raro encontrar a personas que superan los 20 años guardando su dinero en una hucha de cara al futuro. Uno de los métodos de ahorro actuales son los planes de pensiones, sobre los cuales os voy a hablar a continuación.


        Los planes de pensiones son, como acabo de decir, un método de ahorro que complementa (no sustituye) las pensiones recibidas en caso de jubilación, invalidez, supervivencia, viudedad u orfandad. El dinero que cada persona desea invertir, denominado unidad de cuenta, se ingresa en un fondo de pensiones que goza de diversas ventajas fiscales (ofrecidas por el Gobierno para fomentar la apertura de estos planes) y, una vez llegada la hora de cobrarlo, el ahorrador obtendrá el valor de lo que invirtió más los rendimientos obtenidos en el transcurso del tiempo que ha durado la inversión. Si decidimos abrir un plan de pensiones, podemos calcular el valor de nuestro fondo diariamente dividiendo el dividendo del patrimonio total del mismo, entre el número de participaciones que tenemos.

        Evidentemente, estos planes son opcionales, cada persona decide si quiere o no depositar el dinero en una entidad depositaria. Además, el cliente puede elegir como serán las cuotas (mensuales, trimestrales, semestrales o anuales), reducirlas, aumentarlas, hacer aportaciones únicas por la cantidad que desee e incluso anularlo temporalmente.

        Las entidades gestoras inscritas en la Dirección General de Seguros y que cuentan con la autorización de la Administración son las encargadas de gestionar nuestro dinero e informarnos de la evolución de éste. Podemos controlar la gestión de la entidad en la que hemos depositado nuestra confianza mediante las comisiones de control, tomando las medidas legales oportunas si ésta no gestiona nuestro patrimonio de manera correcta.
        Todo esto acarrea, por supuesto, unos gastos en forma de comisión. Podemos encontrar dos tipos,ya que las comisiones de traspaso están actualmente prohibidas por ley:
        1.  Comisión de depósito: es la que nos cobra la entidad depositaria por encargarse de nuestro dinero (entre el 0% y el 0,6% de nuestro dinero).
        2. Comisión de gestión: es la que nos cobra la entidad gestora por sus servicios de gestión (entre el 1% y el 2% de nuestro dinero)
        A pesar de contar con la ventaja de que tener un plan de pensiones supone grandes devoluciones de dinero por parte de Hacienda en el Impuesto de la Renta de Personas Físicas (IRPF), también cuenta con una serie de desventajas, tales como la falta de liquidez, ya que no podremos tocar nuestro dinero hasta la jubilación, invalidez, supervivencia, viudedad u orfandad, existiendo algunas excepciones como el fallecimiento, invalidez absoluta y permanente, paro prolongado o enfermedad grave.

        Una vez alcanzado el requisito para finalizar el fondo (jubilación, invalidez...), el inversor podrá decidir si desea cobrar a plazos (Rescate en forma de Renta) constituyendo un seguro de rentas, o en un solo pago (Rescate en forma de Capital), pagando en ambos casos una serie de impuestos, los cuales serán mayores en el Rescate en forma de Capital. Existe una tercera forma de recuperar nuestro dinero, el Rescate en forma Mixta, con el que se recupera una parte de capital en un solo pago y el resto a plazos.

        Como podemos ver, los planes de pensiones no son una mala alternativa al ahorro clásico y más teniendo en cuenta el creciente envejecimiento de la población, el retraso con el que la juventud se incorpora al mercado laboral, el elevado nivel de paro y lo que se tambalean los sistemas de pensiones. Puede que aún seamos jóvenes para pensar en ello, pero a partir de los 30, deberíamos ir planteándonos donde invertir nuestro dinero de cara al futuro...

        Si navegamos un poco por Internet, podemos ver como hay una amplísima variedad de planes de pensiones y como gran cantidad de entidades los promocionan ofreciendo al cliente suculentos regalos que van desde cuberterías hasta cámaras de fotos u ordenadores.  Un ejemplo de ello es La Caixa, como podemos ver en el siguiente enlace:
        Además, las diversas entidades ofrecen a sus clientes la posibilidad de simular un plan de pensiones, como puede ser el caso de Caja Madrid o Santander, con el fin de convencernos de la conveniencia de crearnos uno:

        Por último y como anécdota, os dejo el vídeo promocional de los planes de pensiones de Barclays, que estoy seguro que os va a sacar, al menos, una sonrisa.

        Fuentes principales:
        http://es.wikipedia.org/wiki/Plan_de_pensiones
        http://www.rankia.com/etiquetas/planes-de-pensiones

        miércoles, 9 de marzo de 2011

        Una pequeña ventaja para mi bolsillo...los "split"!!

        Esta operación financiera nos puede resultar muy útil a la hora de adquirir acciones en Bolsa, sobre todo, porque podemos ahorrarnos una considerable cantidad de dinero.

        Como su propio nombre indica, es un desdoblamiento de acciones que puede llevarse a cabo en situaciones en las que el precio de las acciones alcanza picos considerablemente altos. Consiste básicamente en multiplicar el número de acciones de una entidad sin alterar su capital,el cual se mantiene, de manera que se consigue reducir el precio. La decisión de desdoblar acciones corresponde a la entidad que las emite siempre y cuando lo comunique a la Comisión Nacional del Mercado de Valores y a la Junta de Accionistas. Además, con el split la entidad emisora muestra al mercado que goza de buenas expectativas y nuevas oportunidades.

        La principal ventaja de los split es su liquidez, ya que al haber más acciones en el mercado, se producen más operaciones de compra y venta, pero también tiene ciertas ventajas para los accionistas:
        1. Mayores facilidades de adquisición al multiplicarse la oferta y reducirse el precio.
        2. Se amplia la demanda y por tanto, la liquidez de la que hablaba anteriormente.
        3. Los accionistas que ya tenían acciones, tendrán un mayor número de ellas, aunque su valor se mantenga.
        4. Se reduce la posibilidad de acciones hostiles al ampliarse la base accionarial.
        5. Permite la entrada de pequeños inversores en el mercado.
        Los splits, a pesar de proporcionar una mayor flexibilidad en los precios, no tienen consecuencias económico-financieras, ya que no benefician al emisor (aunque si suelen aumentar su valor bursátil), ni tiene efectos sobre el nivel de endeudamiento o sobre los derechos u obligaciones de los acreedores.

        Entre algunos ejemplos de entidades que han llevado a cabo un split, he encontrado un artículo del diario El Mundo en una publicación de 1997 en la que también se explica brevemente lo que es un split. Puede servios  para entender algo mejor este asunto, ya que además de explicar como quedó la situación de la Bolsa en aquel momento, también pone algún ejemplo: